Términos y condiciones
Introducción:
Las presentes condiciones establecen los términos que rigen el uso del sitio web (https://studiobyclikalia.es) (en adelante, la Página) y la contratación de los servicios de reformas de Studio by Clikalia, prestado por la sociedad CLICPISO REAL ESTATE III S.L.U., NIF B88301338, dirección en Calle María de Molina 39, planta 9ª, 28006, Madrid, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 38736, folio 81, hoja M-688742 (en adelante “Clikalia”), integrante del GRUPO CLIKALIA.
Lea con atención el aviso legal y los términos y condiciones del servicio para estar informado de los derechos y obligaciones de los usuarios del servicio ofrecido por este medio. La vigencia de estos términos y condiciones será reconocida de forma vinculante por el usuario en el momento en que decide disfrutar del servicio.
Las presentes condiciones generales de uso (en adelante nos referiremos a ellas como “Términos y Condiciones”) se aplican al utilizar los servicios de nuestra página web. El uso de nuestros servicios implica la aceptación de estos Términos y Condiciones. Nos reservamos el derecho de modificar los presentes Términos y Condiciones en cualquier momento y sin necesidad de informar del motivo.
Derecho de uso:
Los usuarios tienen el derecho de visualizar sus datos personalizados en su propia pantalla, así como de imprimirlos. No obstante, esos datos no pueden ser utilizados con fines comerciales, para la creación de una base de datos o para su aprovechamiento industrial.
Están prohibidas las medidas cuyo objetivo sea interrumpir o dificultar el funcionamiento de la presente página web. Además, sin autorización escrita no es posible extraer o reutilizar nuestra oferta. No pueden utilizarse sin nuestra autorización programas de extracción y recopilación de datos. No se permite la integración o la vinculación con nuestro servicio, sin consentimiento expreso por nuestra parte. El derecho de uso del servicio y de sus funciones sólo es posible en el marco del actual estado de la tecnología.
La presentación y el funcionamiento del servicio pueden variar según el tipo de acceso, por ejemplo, a través de internet o de aplicaciones móviles. El derecho de uso del servicio y de sus funciones sólo es posible en el marco del actual estado de la tecnología.
Cláusula de salvedad:
Si alguna de las disposiciones de estos Términos y Condiciones es o resulta inválida, la validez de las disposiciones restantes no se verá afectada. Esta disposición puede ser reemplazada por otras más válidas y operantes que se acerquen lo más posible a la finalidad económica prevista.
CONDICIONES ESPECIFICAS PARA LAS RELACIONES CONTRACTUALES CON CLIKALIA STUDIO (CLICPISO REAL ESTATE III, SLU) PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ELABORACIÓN DE PROYECTO Y EJECUCIÓN DE OBRA CON APORTACIÓN DE MATERIALES
El contrato se sujetará, salvo modificaciones específicas convenidas con el cliente de manera expresa en el contrato, a las siguientes estipulaciones:
1. Objeto y Alcance del Contrato
CLIKALIA realizará en favor del CLIENTE los trabajos dispuestos en el presente contrato para la elaboración del Proyecto Ordinario de Reforma y Diseño (y en su caso proyecto de afectación estructural), y tras la aceptación del proyecto respectivo y de su presupuesto, la consiguiente Ejecución de la Obra con aportación de materiales.
Igualmente, en el objeto de este contrato, se incluye la reserva de un día para dar comienzo a la ejecución de la obra respectiva, cuando ésta sea encargada por el CLIENTE a CLIKALIA.
Se incluirá en el proyecto de la reforma y su diseño:
Datos de la finca y CLIENTE.
– Definición del diseño: El Dossier:
– Fecha de inicio y fin de la obra según el proyecto a ejecutar/ o la duración del proyecto a ejecutar.
– Presupuesto total con IVA a parte.
Este contrato no incluye la gestión, elaboración ni preparación de la documentación necesaria para la tramitación de la licencia o declaración responsable, o comunicación previa o análoga actuación en su caso requerida/o para la ejecución del proyecto si no es contratada, mediante el correspondiente encargo, la ejecución material de la obra. Cuando no se encargue la ejecución de la obra, las partes podrán, mediante encargo adicional, e independiente al presente contrato encargar la preparación y gestión de la documentación para con la tramitación de la licencia, o comunicación previa o declaración responsable en su caso.
2. Definiciones de las Fases del proyecto
Las fases del proyecto consistirán en:
Fase inicial, incluirá:
a) Fase de diseño y elaboración del proyecto ordinario (en lo sucesivo a este se le denominará sólo proyecto para diferenciarlo del “proyecto de afectación estructural” en los casos en que éste exista o aplique): es la fase de toma de datos del inmueble (fotografías, vídeo y medición) e ideación en planimetría del proyecto atendiendo al programa de necesidades planteado por EL CLIENTE y su elección de acabados, calidades y preferencias de éste.
b) El cliente acepta que las decisiones que tome (sean presenciales o de manera telemática) sobre modelos de materiales o elementos en la fase de diseño, son de su responsabilidad, y que el acabado o resultado final al verlo de forma física no es necesariamente idéntico al esperado, debido a posibles variaciones de tonalidades, secado, colores de acabado u otros. Cualquier cambio sobre los anteriores ya realizados, se tramitará y gestionará en su caso como orden de cambio, asumiendo el cliente el incremento de precio y plazo que suponga. Clikalia mantendrá reuniones con la Propiedad para un correcto entendimiento de sus necesidades, parámetros y requisitos en términos de alcance del Proyecto, diseño, materiales, acabados y otras particularidades que se requieran para una correcta elaboración del Proyecto.
El proyecto o su diseño definitivo podrá verse modificado durante la ejecución material de la obra por necesidades técnicas, jurídicas, registrales, urbanísticas, materiales, de legalidad o necesidad, cuando dichas modificaciones o variaciones sean necesarias justificándoselo así CLIKALIA al Cliente. En caso de que se encargue la ejecución de la obra por el CLIENTE a CLIKALIA, ésta informará a aquel de dichos cambios, y su aceptación será necesaria conforme al apartado tercero. La modificación del Proyecto deberá ser autorizada por el Cliente de manera previa. Se incluye modelo de “Aceptación de Cambio o Modificación” como Anexo al Contrato.
Si como consecuencia de lo anterior, fuere necesario afectación estructural para satisfacer la necesidad o interés del Cliente o fuere conveniente según criterio de Clikalia, ésta podrá ofrecer al Cliente la elaboración y en su caso ejecución con aportación de materiales del proyecto de afectación estructural, el cual se elabora, factura y encarga separadamente.
c) Reserva de fecha para el inicio de la ejecución material de la obra. La fecha reservada podrá modificarse si por causas ajenas a CLIKALIA no pudiere comenzar la obra sin responsabilidad de ésta.
d) Elaboración del presupuesto de la reforma (sea para el proyecto ordinario o en su caso de afectación estructural), siempre en el rango de la cotización previamente estipulada, incluyendo todos los elementos de la obra.
e) Ninguno de los presupuestos (sea para el proyecto ordinario o en su caso de afectación estructural) incluye el coste de tasas, licencias, autorizaciones administrativas u otros costes o cargos burocráticos, los cuales se facturarán a parte y son de cuenta, cargo y responsabilidad del CLIENTE. Sin perjuicio de ello, el presupuesto podrá contener una partida estimada o un rango estimado de costes por estos conceptos, que se entenderá siempre como provisión, siendo el coste o importe definitivo el que resulte de la obra finalmente realizada.
f) Aceptación del proyecto (sea para el proyecto ordinario o en su caso de afectación estructural): Elaborado el proyecto, se enviará al CLIENTE, indicando su presupuesto, fecha propuesta de inicio, duración de la obra y día o fecha prevista de entrega/finalización de la obra.
El CLIENTE deberá aceptar expresamente el proyecto (sea para el proyecto ordinario o en su caso de afectación estructural) elaborado mediante la firma de la aceptación y encargo de ejecución de la reforma, cuyo modelo se anexa al presente contrato.
* Una vez el CLIENTE reciba el proyecto y la hoja de encargo para su firma, dispondrá de 3 días para devolver la documentación debidamente firmada, pasado dicho plazo CLIKALIA no está obligada a aceptar el encargo de ejecución, ni mantener los precios indicados en el presupuesto pudiendo variarlos en lo que considere y el cliente, debiendo nuevamente aceptarlos, en un máximo de 3 días.
Fase de obra: Previa aceptación del CLIENTE, tanto del presupuesto como del proyecto (sea para el proyecto ordinario o en su caso de afectación estructural), y tras la firma de la consiguiente hoja de encargo, esta fase estará formada por dos partes:
a) Ejecución de la obra, se procederá a la ejecución de la obra. Durante la obra, CLIKALIA, se encargará de la correcta ejecución de la obra en relación con lo establecido en el proyecto (sea para el proyecto ordinario o en su caso de afectación estructural) y acordado entre las partes. Asimismo, realizará visitas periódicas programadas a la obra para la supervisión, resolución de detalles in-situ y la toma de decisiones necesarias para el correcto desarrollo de la ejecución de ésta, se incluye implantación de las obras, ejecución de trabajos necesarios, disposición de los medios materiales y humanos necesarios y solicitud de los permisos de ocupación de vía pública, así como cualquier trabajo que se requiera para la ejecución de las Obras en el plazo de ejecución estimado y con las medidas de Seguridad y Salud mínimas exigidas.
Si el CLIENTE de forma excepcional, decidiera comprar/aportar algún material con destino a la obra que ya estuviera incluido en el presupuesto aceptado, una vez se comunique de forma fehaciente a CLIKALIA y ésta preste su conformidad, no siendo requisito obligatorio para CLIKALIA aceptarla, el importe de dicho material sería deducido del presupuesto reduciéndose el 15% del importe satisfecho por el cliente en concepto de gastos generales, es decir, Clikalia deducirá del Presupuesto el ochenta y cinco por ciento (85%) del coste de dicho material y no el cien por cien (100%). Lo anterior no aplicará en caso de que el CLIENTE indique los materiales que aportará previamente a la aceptación del presupuesto y se eliminen del mismo.
b) Entrega de la obra (Acta de recepción): una vez finalizada la fase de ejecución de la obra, las partes realizaran una visita a la misma a fin de realizar la entrega de la obra mediante el acta de recepción que se adjunta como anexo al presente contrato.
A tal efecto, ambas Partes acordarán la fecha y hora en la cual procederán a realizar la inspección correspondiente.
La entrega de la obra se entiende sin perjuicio de remates, reparaciones o arreglos procedentes con posterioridad a su entrega durante el plazo de garantía de un año.
El CLIENTE no podrá negarse a recibir la obra, ni retrasar la entrega de la misma, si así se produjere, la obra se entenderá entregada y finalizada el día señalado para la visita referida siempre y cuando la obra esté ejecutada al 100% siguiendo el proyecto, sin perjuicio de los remates o reparos que fueren procedentes posteriormente conforme a derecho.
En el supuesto de que la Propiedad alegase que las Obras no han sido ejecutadas conforme al Proyecto (sea para el proyecto ordinario o en su caso de afectación estructural) y esa fuese la causa de su negativa a la firma del Acta de Entrega, ambas Partes podrán acudir a un experto independiente el cual realizará una valoración de las obras ejecutadas, siendo su dictamen vinculante para ambas Partes y debiendo ser abonados sus honorarios por el Cliente.
3. Alcances
Según proyecto elaborado (sea para el proyecto ordinario o en su caso de afectación estructural):
3.1 Si por necesidades técnicas, urbanísticas o legales, se debieren elaborar nuevas partidas o las previstas supongan un coste adicional no previsto por su ejecución, se faculta con la correspondiente justificación o razón previa y comunicada al CLIENTE, para que CLIKALIA pueda facturárselas a parte al CLIENTE, sin necesidad de mayor aceptación de éste y siempre para garantizar el buen fin de la ejecución de la obra.
Cuando las refacturaciones superen un 5% del presupuesto inicial requerirán aceptación expresa del CLIENTE, que, solicitada a éste, la deberá dar en 24 horas (sumando y añadiendo el plazo de aceptación al de realización y entrega de la obra).
Si el CLIENTE deniega la aceptación o guardase silencio por más de 3 días hábiles, CLIKALIA podrá liberarse sin ninguna responsabilidad del encargo reteniendo como costes de gestión y realización lo ya abonado por el CLIENTE. También podrá proponer al CLIENTE para el buen fin del proyecto (sea para el proyecto ordinario o en su caso de afectación estructural) y su ejecución otras alternativas que fueren posibles o viables.
En caso de que Clikalia optase por la liberación y hubiera incurrido en algún coste previsto en el Presupuesto aprobado por el Cliente una vez se hayan paralizado las Obras y, aun habiendo retenido lo ya abonado por el Cliente, no cubriese el total de dicho coste, el Cliente deberá abonar dicha cantidad a Clikalia cuando ésta se lo requiera, y siempre que se acredite debidamente que se ha incurrido en dicho coste y que estaba previsto en el Presupuesto.
3.2 Ambas partes deben atender al cumplimiento de la normativa vigente sobre Prevención de Riesgos Laborales y en especial, La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, así como toda la normativa reglamentaria que se desarrolla, en especial, el Real Decreto 1627/1007, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción.
Es en el Real Decreto 1627/97 donde se define en el artículo 2 la figura del “promotor” de obra, como la persona física o jurídica por cuenta de la cual se realiza una obra. Es por ello que EL CLIENTE ostenta esta posición de promotor bajo este contrato.
Es voluntad del EL CLIENTE cumplir con las obligaciones de promotor a través en su caso de la empresa acreditada propuesta por CLIKALIA a estos efectos, siendo en su caso el coste del servicio de Coordinador Seguridad y Salud y/o la designación de Coordinador/a de Seguridad y Salud el incluido en el precio de obra cuando intervenga más de una empresa en la ejecución de la obra.
Se deberán respetar las instrucciones dadas por el Coordinador de Seguridad y Salud en todo momento para preservar la seguridad de todos los participantes en la obra, con especial atención a la permanencia en el inmueble durante la obra o la entrada ocasional a la misma.
EL CLIENTE deberá asumir su responsabilidad en caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas al promotor.
3.3 Adicionalmente, el CLIENTE, en calidad de propietario del inmueble, asume también la obligación de informar a la Comunidad de Propietarios de las actuaciones de obra, en la forma prevista por la normativa vigente, así como de satisfacer los impuestos y tasas vinculadas a las actuaciones en cuestión. *Clikalia puede encargarse de estas gestiones, previa firma de autorización expresa, no pudiendo asumir responsabilidad alguna en caso de que la comunidad de propietarios se niegue a colaborar.
3.4 El CLIENTE se compromete también a responder de la existencia, antes del comienzo de las obras, de agua, luz, y en su caso de gas, suficientes para posterior utilización de aquellas, siendo así mismo, los gastos de acometidas, contrataciones, enganches y consumo a cuenta del CLIENTE.
4. Precio y fases acordadas
4.1 Por “FASE INICIAL” (Definición y elaboración del Proyecto ORDINARIO y Presupuesto) de la estipulación segunda de este contrato el precio es de: 2.900€ más IVA hasta 130 metros2 catastrales, haciendo un total de 3.509€, según alcances definitivos.
Para inmuebles superiores a 130 metros2 catastrales (incluyendo zonas comunes), el precio total será de 3.800€ más IVA (haciendo un total de 4.598€), según alcances definitivos, facturándose así, y debiendo abonarse por el CLIENTE en las 24h siguientes a la recepción de la factura vinculada a la firma del contrato. Hasta no recibido el pago por CLIKALIA no se entenderá que ésta debe cumplir obligación alguna, ni empezará el plazo de realización de sus obligaciones.
4.2 Por la “FASE DE OBRA” de la estipulación segunda de este contrato el precio será:
4.2.1 Considerando la selección de acabados y preferencias recogidos en el proyecto aceptado, así como los alcances establecidos, el precio de ejecución material de la obra se fijará en el presupuesto del proyecto (sea para el proyecto ordinario o en su caso de afectación estructural) enviado al CLIENTE, sin perjuicio de las desviaciones/refacturaciones autorizadas conforme a la CONDICIÓN tercera anterior.
4.2.2 En caso de que respecto al proyecto elaborado y entregado por parte de CLIKALIA, y posteriormente aceptado por el CLIENTE, éste opte por hacer cambios al mismo, o a los elementos incluidos en él:
- CLIKALIA se reserva el derecho a estudiar los cambios solicitados para garantizar su viabilidad técnica y urbanística.
- Éstos deberán ser aceptados por ambas partes mediante la firma expresa de una Orden de Cambio que se anexará a este contrato principal
4.2.3 La/s posibles Órdenes de Cambio pactadas, reflejarán el coste específico de las modificaciones acordadas, así como la potencial ampliación del plazo de duración de la ejecución de la obra, derivada de los cambios solicitados. Se adjunta el modelo de la “petición de cambio o modificación” respectiva como anexo a este contrato. Los cambios acordados se deberán abonar aparte y en su totalidad de manera previa a su realización.
Si estos cambios fueran sustanciales, entendiéndose sustancial todo aquel cambio que suponga un incremento superior al 25% de la partida correspondiente o del total presupuestado inicialmente, CLIKALIA, sin perjuicio del deber de abono por el cliente, podrá si considera que el mismo no es procedente o que es excesivo, no aceptar la petición del CLIENTE y liberarse sin ninguna responsabilidad del encargo, reteniendo como costes de gestión y realización lo ya abonado por el CLIENTE.
4.2.4 Si por necesidades de fuerza mayor* se debieran elaborar nuevas partidas, y/o las previstas implicaran un coste adicional en su ejecución, y siempre que el sobrecoste asociado no excediera en un 5% el presupuesto inicial, ni implicara modificaciones del proyecto, se faculta a CLIKALIA para facturárselas aparte al CLIENTE, sin necesidad de mayor aceptación de éste y siempre con la correspondiente justificación previa, para garantizar el buen fin de la ejecución de la obra.
*Se entenderá por “necesidad de fuerza mayor” aquella que pudiera aflorar o ponerse en conocimiento de Clikalia con posterioridad a la elaboración del proyecto, y por causas ajenas a Clikalia, enumerando como ejemplo ilustrativo y sin pretender aportar un listado exhaustivo de las causas, los siguientes factores: vicios ocultos, problemas de carácter técnico o estructurales aflorados en la ejecución de obra, afecciones urbanísticas o legislativas que afectasen la viabilidad del diseño o plazo previstos, problemas o crisis circunstanciales de provisión de materiales o escaseo de estos, cambios legislativos o urbanísticos, y otros factores similares.
4.2.5 Cuando las refacturaciones superen un 5% del presupuesto inicial requerirán aceptación expresa del CLIENTE, que, solicitada a éste, la deberá dar en 72 horas (sumando y añadiendo el plazo de aceptación al de realización y entrega de la obra).
Si el CLIENTE deniega la aceptación, sin dar una alternativa viable y a su costa para solventar las necesidades de actuación afloradas, o guardase silencio por más de 3 días hábiles sin causa justificada, CLIKALIA podrá considerar la no viabilidad de continuar con el encargo y liberarse del mismo sin ninguna responsabilidad, reteniendo como costes de gestión y realización lo ya abonado por el CLIENTE. Si hubiere algún coste relacionado con las circunstancias descritas, que aún con la actuación anterior no cubriese lo ya abonado por el CLIENTE, este deberá abonárselo a CLIKALIA a mero y simple requerimiento de ésta, independientemente del concepto, siempre que se acredite que se ha incurrido en el gasto. Los costes reclamados no podrán exceder el importe correspondiente al avance de obra ejecutada y los materiales que se encuentren y que permanezcan in situ.
5. Duración del contrato y limitación de responsabilidad
CLIKALIA prestará los servicios descritos en el presente contrato de la siguiente manera:
5.1 FASE INICIAL o de PROYECTO ORDINARIO:
La fase inicial consta de dos partes:
5.1.1 Fase de Definición, que tendrá una duración máxima de 30 días laborales, según alcances definitivos, que se contarán desde el día siguiente hábil del primer pago efectivo de los servicios contratados y, en caso de existir financiación tramitada a través de Clikalia, desde la preaprobación de dicha financiación por la entidad bancaria correspondiente. En este último supuesto, el cómputo del plazo se iniciará únicamente cuando ambas condiciones hayan sido cumplidas. Ya que la definición del proyecto es en sí una colaboración entre el Cliente y CLIKALIA, este plazo podrá ser mayor, a decisión de CLIKALIA, si el cliente durante la fase de definición no especifica claramente o requiere de manera continuada cambios o preferencias u otra cualquier circunstancia que no permita a CLIKALIA definir correctamente el proyecto. Una vez definido el proyecto, se empezará a contar el plazo elaboración del proyecto. El plazo indicado para la definición del proyecto se podrá ver afectado por la disponibilidad del cliente tanto para remitir información, responder a consultas o cuestiones de tipología, preferencias, u otros detalles que le sean requeridos por CLIKALIA, para completar esta fase de definición, como por la disponibilidad a reunirse (presencial o telemáticamente) y por el tiempo o periodo de tiempo que use el cliente para tomar sus decisiones relacionadas con la definición del proyecto.
En línea con lo indicado en el párrafo anterior, el plazo máximo indicado anteriormente para la definición del proyecto podrá ser superior por las necesidades y vicisitudes razonables del cliente. En todo caso, CLIKALIA podrá dar por terminada la fase de definición, pasado el plazo anteriormente indicado, comunicándoselo así al cliente. La finalización de la fase de Definición del proyecto será siempre comunicada por CLIKALIA al cliente, marcando así el inicio (al día siguiente laborable al de dicha comunicación) la fase siguiente.
5.1.2 Fase de Proyecto ordinario Técnico, en la que se elaborará el Dossier, y que tendrá una duración máxima de 10 días laborables, según alcances definitivos, desde el día siguiente laborable al de la comunicación de la finalización de la fase de definición, sin perjuicio de que CLIKALIA pueda ampliar el mismo comunicándoselo al cliente en un plazo no superior a 24 horas hábiles antes de la finalización del plazo establecido. Igualmente, el plazo de elaboración del proyecto puede verse ampliado por nuevas decisiones, comunicaciones o requerimientos del cliente, y las vicisitudes de la plasmación de las necesidades razonables de éste. En todo caso, CLIKALIA podrá dar por terminada la fase de proyecto pasado el plazo anteriormente indicado, comunicándoselo así al cliente.
5.1.3 En caso de que, enviado el dossier del proyecto (sea para el proyecto ordinario o en su caso de afectación estructural) al Cliente, éste quisiera modificaciones o cambios adicionales, SE ESPECIFICA QUE a partir del tercer envío de dossier (el tercero incluido) se facturará un cargo adicional de 300€ más IVA por cada envío de dossier.
La aceptación y firma de este proyecto por parte del CLIENTE, así como del presupuesto asociado al mismo, es requisito indispensable para que en su caso pueda comenzarse la ejecución de la obra.
Una vez el CLIENTE reciba el proyecto y la hoja de encargo para su firma, dispondrá de 3 días hábiles para devolver la documentación debidamente firmada.
5.1.4 Si aplicase un proyecto de afectación estructural, se aplicará una primera parte de definición que tendrá una duración estimada de 3 semanas, según alcance definitivo, desde el día hábil siguiente al pago efectivo del encargo tras la aceptación de éste, y una vez definido se empezará a contar el plazo de elaboración de este proyecto de afectación estructural.
En su elaboración se incluirá en su caso el Dossier, planos y demás elementos técnicos que aplicasen, elaborándose en 2 semanas, según alcance definitivo, sin perjuicio de que CLIKALIA pueda ampliar el mismo comunicándoselo al cliente en un plazo no superior a 3 días hábiles antes de la finalización del plazo establecido.
La aceptación y firma de este proyecto por parte del CLIENTE, así como del presupuesto asociado al mismo, es requisito indispensable para que en su caso pueda comenzarse la ejecución material de la obra, si el Cliente no aceptare encargar la elaboración del proyecto de reforma estructural o en su caso aceptada ésta y entregado la ejecución material del mismo, CLIKALIA no estará obligada a cumplir los plazos del proyecto ordinario ni de su ejecución, suspendiéndose éstos, y ampliándose por el número de días que penda la parte estructural. Si la suspensión supera el plazo de 60 días, CLIKALIA podrá a su voluntad (i) resolver el presente contrato reteniendo definitivamente las cantidades abonadas por el Cliente y si hubiera alguna pendiente de abono el Cliente vendrá obligado a abonarla en su integridad o (ii) modificar los precios del contrato y enviárselos al Cliente para que éste acepte, si no los aceptare Clikalia podrá decidir entre mantener los anteriores o la resolución anterior (i).
Una vez el CLIENTE reciba el proyecto de afectación estructural y la hoja de encargo para su firma, dispondrá de 3 días hábiles para devolver la documentación debidamente firmada.
5.2 FASE DE OBRA (en su caso):
Para la ejecución de obra, el plazo sería fijado en el Proyecto (sea para el proyecto ordinario o en su caso de afectación estructural) aceptado por el CLIENTE. Este plazo se iniciará a contar desde el día indicado en el encargo de ejecución material de la obra y siempre que se haya recibido el primer pago respectivo.
5.3 Posibles alteraciones en los plazos acordados:
5.3.1 Por fuerza mayor o caso fortuito, sin necesidad de aceptación del CLIENTE ni responsabilidad ni mora de CLIKALIA.
Si el motivo de ampliación derivara en una circunstancia permanente, debida a cambios normativos o urbanísticos, deficiencias estructurales o de seguridad insalvables, u otros ejemplos de naturaleza similar, no descritos en los casos mencionados, impidan o retrasen sustancialmente la Ejecución de las Obras, cada Parte podrá resolver el Contrato cuando se prevea que el retraso implique el doble de la duración prevista como Plazo Inicial en el Proyecto, sin responsabilidad para ninguna Parte y teniendo Clikalia derecho a retener y no devolver lo ya abonado por la Propiedad.
5.3.2 Si la causa es relacionada con CLIKALIA, pero no dolosa o negligente, concederá a CLIKALIA una prórroga del plazo inicial por un tiempo no superior a un tercio de éste y no aplicará responsabilidad o mora de CLIKALIA.
5.3.3 Fuera de los casos anteriores, por cualquier motivo, a simple decisión de CLIKALIA, si el retraso no supera un 15% del plazo inicialmente previsto, sin responsabilidad de CLIKALIA ni mora, aceptándolo así el CLIENTE, como prorroga de gracia a CLIKALIA.
5.3.4 En relación con la responsabilidad de CLIKALIA por retraso, el CLIENTE tendrá derecho a aplicar por cada día de mora 50€ dentro de los términos de los números anteriores. Si concurriese otra responsabilidad de CLIKALIA con la mora, el máximo de responsabilidad de CLIKALIA por mora será de 20 días.
En todos los casos en que surge o haya responsabilidad de CLIKALIA, ésta en ningún caso superará económicamente lo recibido del CLIENTE, y nunca se extenderá a lucro cesante o gastos o costes indirectos.
6. Forma de pago
La forma de pago acordada entre las partes será la siguiente:
6.1 A la firma de este contrato, se abonará el precio de la FASE INICIAL. Sea o no aceptado por parte del cliente la ejecución de la obra (sea para el proyecto ordinario o en su caso de afectación estructural), el importe abonado no será devuelto por CLIKALIA en ninguna circunstancia, salvo que CLIKALIA no cumpla su obligación de elaboración del proyecto (sea para el proyecto ordinario o en su caso de afectación estructural) encargado.
6.2 En caso de que el CLIENTE no encargue la ejecución del proyecto (sea para el proyecto ordinario o en su caso de afectación estructural) a CLIKALIA, el precio del contrato será por el proyecto ordinario de 2.900€ más IVA (según alcance definitivo) hasta 130m2 catastrales de inmueble (incluyendo zonas comunes), haciendo un total de 3.509€ (según alcance definitivo) pagaderos conforme a lo indicado en el guion anterior. Para inmuebles superiores a 130m2 catastrales, el precio total del contrato será de 3.800€+IVA (haciendo un total de 4.598€, según alcance definitivo). Y por el proyecto de afectación estructural el indicado en el anexo respectivo aceptado por el cliente.
6.3 En cuanto a la forma de pago de la ejecución de la obra según el presupuesto aceptado por el cliente:
- El primer pago será del 35% del precio acordado y se abonará por parte del CLIENTE, en un plazo no superior a 24 horas naturales desde el envío de la factura correspondiente a la aceptación del encargo de la ejecución material del proyecto. Hasta no recibido el pago no se computarán los plazos de obra.
- El segundo pago será del 25% del precio acordado y se abonará por parte del CLIENTE cuando haya transcurrido el 25% del plazo estimado de ejecución de la obra; comprometiéndose el cliente a abonarlo en un plazo no superior a 24 horas naturales desde el envío de la factura correspondiente. Si no se recibiere el pago, CLIKALIA podrá suspender la ejecución de la obra, y además se suspende el cómputo de los plazos de ejecución de la obra.
- El tercer pago será del 25% del precio acordado y se abonará por parte del CLIENTE cuando haya transcurrido el 50% del plazo estimado de ejecución de la obra; comprometiéndose éste a abonarlo en un plazo no superior a 24 horas naturales desde el envío de la factura correspondiente. Si no se recibiere el pago, CLIKALIA podrá suspender la ejecución de la obra, y además se suspende el cómputo de los plazos de ejecución de la obra.
- El cuarto pago será del 10% del precio acordado y se abonará por parte del CLIENTE, inmediatamente a realizar la Visita Previa Entrega (VPE) en la que se elaborará el Acta VPE cuyo modelo se adjunta como anexo III, donde se relacionarán los remates pendientes observados de ejecución si los hubiere de cara a la entrega de la obra. El pago se realizará sin perjuicio de que estén pendiendes los remates o elementos relacionados en el acta mencionada, comprometiéndose el CLIENTE a abonarlo en un plazo no superior a 24 horas naturales desde el envío de la factura correspondiente.
- El quinto pago será del 5% del precio acordado y se abonará por parte del CLIENTE a la entrega de la obra tras la realización de los detalles relacionados en el acta VPE que procedan legalmente. Si por alguna razón se entregara la obra por necesidades o a petición del CLIENTE antes de finalizar los remates o reparos, igualmente se devengará la obligación de pago de este 5% en dicho momento (entrega de la obra), sin perjuicio de que los remates o reparos pendientes no se hayan realizado, comprometiéndose Clikalia a finalizarlos posteriormente.
Si el CLIENTE incumple su obligación de pago, tal y como se ha especificado anteriormente, CLIKALIA no estará obligada a continuar, ni realizar actuación adicional, ni reparar o finalizar remate, reparo o trabajo pendiente alguno, y sin perjuicio de su derecho de reclamar conforme a este contrato los haberes económicos que procedan.
CLIKALIA, habiendo recibido correctamente los pagos, deberá realizar los reparos o remates que surjan posteriormente a la entrega de la obra, estén o no en el acta VPE, siempre que procedan legalmente a través de su servicio de postventa.
En el caso del proyecto de afectación estructural se estará a su presupuesto y hoja de encargo cuyo modelo se Anexa, y si nada se estableciere en ella sobre forma y tiempos de pago se aplicará lo anteriormente indicado en este punto 6.3.
6.4 Estos pagos se entienden sin perjuicio de los adicionales por trabajos, tareas, partidas, materiales u otros no incluidos en el presupuesto inicial aceptado, o derivados de modificaciones o cambios, o aumentos del presupuesto conforme a lo indicado en este contrato. Estos pagos deberán hacerse por el cliente en el plazo de 24 horas a recibir la factura respectiva de CLIKALIA. Si no recibiere el pago, CLIKALIA podrá suspender la ejecución de la obra, y además se suspende el cómputo de los plazos de ejecución de la obra.
6.5 Los retrasos en los pagos, sea cuales sean, darán derecho a que CLIKALIA pueda exigir, adicionalmente un interés equivalente al legal + 5 puntos porcentuales, por mora, y sin perjuicio de que adicionalmente hubiera otras responsabilidades del CLIENTE y el derecho de indemnización de los perjuicios adicionales. Cada semana de retraso se capitalizarán los intereses al principal de la deuda.
6.6 Los respectivos abonos se realizarán mediante transferencia bancaria.
CLIKALIA podrá cambiar la cuenta de pago, mediante comunicación al CLIENTE con antelación de 24 horas a la realización del pago respectivo.
6.7 El precio definitivo de las tasas, licencias, autorizaciones u otros costes burocráticos se facturarán a parte al CLIENTE, no están incluidos en el precio del presupuesto (ni del proyecto ordinario ni del proyecto de afectación estructural), y son de cuenta, cargo y responsabilidad del CLIENTE. Podrán ser facturados desde el inicio de la obra, durante su ejecución o bien al finalizar ésta.
Marque la siguiente casilla en caso de que los pagos se vayan a realizar desde una cuenta del extranjero ☐
7. Modificaciones
Cualquier modificación al presente Contrato y sus anexos, deberá celebrarse por escrito, firmado por las partes de manera expresa, ninguna modificación, renuncia, enmienda, liberación o modificación a este Contrato será válido hasta que el mismo se ponga por escrito y sea firmado por ambas partes.
8. Causas de resolución del contrato
8.1 CLIKALIA y EL CLIENTE, podrán de mutuo acuerdo acordar la resolución del presente acuerdo y liquidar los haberes respectivos.
8.2 Igualmente, cada parte podrá rescindir este contrato sin responsabilidad alguna de ella y sin necesidad de declaración judicial previa, mediante simple notificación entregada de una de las partes para la otra, según corresponda, con efectos inmediatos, CUANDO SE BASE EN INCUMPLIMIENTO ESENCIAL de la otra parte.
Se considera incumplimiento esencial entre otros, por parte del CLIENTE
No abonar en plazo los importes de su responsabilidad y cargo según este contrato, no permitir la ejecución material de los trabajos contratados o realizar cualquier acto que impida directa o indirectamente éstos o no colaborar para la ejecución de la obra de buena fe cuando le sea requerido o sea necesario para ello por CLIKALIA.
Se considera incumplimiento esencial por parte de CLIKALIA
No cumplir con sus obligaciones de ejecución de la obra según términos y los tiempos previstos en este contrato.
Para ser aplicable la resolución por incumplimiento aquí prevista, la parte que la aplique deberá conceder a la otra un plazo no superior a 3 días hábiles para que subsane el incumplimiento y pasado este podrá aplicar el mismo conforme a Derecho.
En caso de que el incumplimiento provenga de CLIKALIA la subsanación se entiende con haber empezado efectivamente de manera diligente los actos necesarios para la subsanación.
8.3 Cuando la resolución se base en el incumplimiento de alguna parte, salvo pacto expreso en contrario entre las partes, la resolución es sin perjuicio del deber de la incumplidora de resarcir los daños y perjuicios causados a la parte cumplidora derivados del incumplimiento y el abono de las moras respectivas.
9. Protección de datos y Propiedad Intelectual.
9.1 En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente en materia de Protección de Datos de Carácter Personal, el RESPONSABLE de TRATAMIENTO informa de que los datos personales que figuran en este Contrato y los que se deriven de la relación, serán tratados por CLICPISO REAL ESTATE III S.L.U. con B88301338 con domicilio social en María de Molina 39, novena planta, 28006 de Madrid, para las siguientes finalidades principales en caso de ser necesarias para el buen fin y puerto de la operación:
- Establecimiento de la relación contractual, y acciones previas documentales derivadas del objeto del presente contrato.
- Tramitación y gestión de la licencia de obra.
- Atención al Cliente.
- Envío de encuestas de calidad para mejorar nuestros productos y/o servicios como parte del proceso de mejora continua.
- Envío de información comercial para mantenerle informado sobre los productos y servicios que sean de su interés.
Si NO desea recibir información comercial sobre productos y/o servicios, por favor marque la casilla ☐
Le informamos de la existencia de sistemas de exclusión publicitaria que tienen por objeto evitar el envío de comunicaciones comerciales. La relación de estos sistemas está disponible en la sede electrónica de la AEPD (https://sedeagpd.gob.es).
La base para el tratamiento de los datos es la ejecución contractual, siendo necesario facilitar dichos datos pues en caso contrario no sería posible formalizar dicha relación, la aplicación de la normativa vigente en materia administrativa, fiscal, civil, aplicable al objeto del contrato. El interés legítimo para la defensa de los intereses de las partes en caso de litigios derivados del contrato. El tratamiento de sus datos con fines de gestión de la calidad de servicios o con fines comerciales puede considerarse realizado por interés legítimo.
Los datos se conservarán mientras se mantenga la relación y no se solicite su supresión y en cualquier caso en cumplimiento de plazos legales y plazos de prescripción que le resulten de aplicación. Será de aplicación cualquier otro plazo derivado de la normativa financiera, fiscal o inmobiliaria vigente.
Los datos se comunicarán a las siguientes entidades:
- Entidad/es bancaria/s y/o aseguradoras para garantizar las cantidades abonadas a cuenta del precio e ingresadas en la cuenta especial, conforme a la normativa vigente.
- Corredurías de seguros y Compañías aseguradoras en virtud de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
- Agencia Tributaria y demás administraciones y entidades públicas estatales, autonómicas y locales competentes, a los efectos de llevar a cabo las declaraciones tributarias (impuestos y tasas) correspondientes, obtener licencias y autorizaciones administrativas, notificar la titularidad catastral del inmueble así como el domicilio del titular, permitiendo asimismo la gestión de las obligaciones relacionadas con el Impuesto de Bienes Inmuebles y el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
- Juzgados y Tribunales para gestión de posibles incidentes derivados de la compraventa.
- Otras entidades sujetas por obligación legal.
El responsable le informa que, para su gestión, hace uso de sistemas de información (Servicios en Línea Microsoft 365), cuyos operadores pueden estar ubicados en países cuya legislación no sea equiparable y esto suponga posibles transferencias internacionales de datos. Además, la atención al cliente se realiza a través del software de Zendesk, Inc., empresa adherida a la Decisión de Adecuación Data Privacy Framework que permite el flujo de datos de ciudadanos europeos a EEUU, e implicará una transferencia internacional de datos.
Puede consultar las posibles transferencias internacionales a través del correo electrónico dpo@clikalia.com. Estas transferencias internacionales son necesarias para la prestación de los servicios demandados.
En caso de que se produzcan impagos de cantidades de su responsabilidad, por cualquier importe o sumatorio acumulado, según el presente contrato, y de conformidad con la legislación aplicable (es decir, cuando la deuda sea cierta, vencida y exigible y su pago haya sido requerido previamente por Clikalia al comprador), sus datos de carácter personal podrán ser comunicados al fichero de insolvencia patrimonial nacional o internacional, que decida Clikalia, en base al interés legítimo de prevención del fraude, o cualesquiera otros ilícitos civiles o penales, tales como Equifax-ASNEF/RAI/CCI/RIJ/BADEXCUG-Experian.
En caso de incorporación de los datos de impagos del cliente, a instancia Clikalia en un fichero de solvencia patrimonial negativo, el cliente recibirá, en el plazo máximo de un mes desde la inscripción de la deuda en el fichero, una comunicación del titular del fichero de que se trate informándole de la incorporación de sus datos personales en el mismo, informándole sobre la posibilidad de ejercitar los derechos contemplados en los artículos 15 a 22 del Reglamento General (UE) 2016/679.
En todo caso, Clikalia no asume ninguna responsabilidad derivada de la falta de realización de la referida comunicación al cliente deudor por parte del titular del fichero correspondiente.
CLIKALIA pone a disposición de terceros un canal ético. Los datos de quien formule la comunicación y de los empleados y terceros afectados serán tratados para valorar la procedencia de iniciar una investigación sobre los hechos denunciados y si se estimara así para la correspondiente investigación. Esta información será conservada en ese sistema por un plazo no superior a TRES meses. Pasado ese plazo, la información que integre las investigaciones podrá ser conservada fuera del canal el tiempo necesario para la defensa de los intereses del titula del canal pudiendo ser comunicada a órganos judiciales o fuerzas y cuerpos de seguridad, si procediera.
Los interesados pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad y la limitación u oposición dirigiéndose por escrito al correo electrónico del delegado de Protección de Datos del RESPONSABLE en la siguiente dirección de correo electrónico: dpo@clikalia.com. Asimismo, los interesados tienen derecho a reclamar ante la Autoridad de Control (Agencia Española de Protección de Datos: http://www.aepd.es).
9.2 La propiedad intelectual del resultado de este contrato incluyendo la reforma, adecuación u obra realizada o meramente proyectada es de CLIKALIA, pudiendo esta utilizar las imágenes, fotografías y demás elementos resultados de este contrato y la ejecución de la obra, para su objeto, fines incluyendo los comerciales o publicitarios.
10. Notificaciones
10.1 A efectos de recibir cualquier notificación vinculada al presente contrato, se designan emails y domicilios indicados al inicio del presente contrato.
10.2 Las comunicaciones deberán hacerse por escrito mediante comunicación electrónica de manera preferente, y en caso de imposibilidad o falta de funcionamiento del servicio electrónico por correo certificado o burofax.
11. Derecho del consumidor
11.1 Las Partes manifiestan que el presente contrato ha sido convenido de mutuo acuerdo conforme a la normativa aplicable para la defensa de consumidores y usuarios, sin que ninguna de sus estipulaciones pueda considerarse como una imposición, renuncia o limitación.
11.2 Se informa al cliente, que si tiene el concepto de consumidor dispone de su derecho de desistimiento durante los 14 días siguientes a la firma del presente contrato sin penalización en los términos establecidos en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
11.3 El cliente autoriza a Clikalia como empresario a comenzar la ejecución del contrato y si aquel usare su derecho de desistimiento conforme al Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, los servicios prestados se pagarán por el cliente consumidor en proporción al precio del contrato como establece la norma.
12. Prevención del Blanqueo de Capitales y financiación del Terrorismo
En el marco del otorgamiento de la relación contractual si fuere aplicable EL CLIENTE facilitará a CLIKALIA, con una diligencia debida de 24 horas siguientes a la solicitud expresa de esta por cualquiera de los cauces de notificación anteriormente mencionados, de forma veraz y completa, cuanta información y documentación sea necesaria y le sea requerida a los efectos de que se pueda dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 10/2010, de 28 de abril y demás normativa reguladora de la prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, autorizando expresamente a CLIKALIA a realizar cuantas actualizaciones considere estas necesarias a fin de verificar lo trasladado.
La falta de obtención por parte de CLIKALIA de la información y documentación exigida en las políticas internas establecidas para dar cumplimiento a la legislación será causa suficiente para que CLIKALIA esté facultada para NO CONTINUAR CON EL CONTRATO o en su caso resolver la relación contractual con el “EL CLIENTE” si está ya se hubiera suscrito, SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA DE CLIKALIA y retener si lo hubiera recibido como gastos de gestión un máximo de 2.800€.
EL CLIENTE acepta y declara que ha leído y comprendido los términos y condiciones anteriormente expuestos.
13. Jurisdicción
Para la resolución de cualquier cuestión litigiosa que pudiera derivarse de la interpretación y/o del cumplimiento del contrato son competentes los Juzgados y Tribunales donde Madrid Capital. y se aplicará la normativa común española.